este Tribunal Quinto Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECRETA: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud fiscal, en consecuencia se decreta la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad en los artículos 236, 237 y 238 del Decreto con rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal a los ciudadanos: YOHANA NOHEMY CHIRINO MORLES, y ALEXIS RAMON QUINTERO POLANCO, por el delito de ADQUISICIÓN DE DIVISAS MEDIANTE EL ENGAÑO previsto y sancionado en el artículo 17 del Decreto Con Rango Valor Y Fuerza De Ley contra los Ilícitos Cambiario, en concordancia con el articulo 99 del COPP, y el delito de ASOCIACIÓN ILÍCITA PARA DELINQUIR, articulo 37 de la Ley Orgánica Contra La Delincuencia Organizada Y Financiamiento Al Terrorismo.