, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: "CON LUGAR" la demanda que por demora en el pago de la liquidación final, ha incoado el ciudadano VICTOR JOSE MARIN. Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.807.961, debidamente asistido por el procurador del trabajo abogado JONATHAN LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.135.421, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 127.043, contra la Empresa Q A C DE FALCON. Ambas suficientemente identificadas en autos, y como consecuencia de ello, se condena a la parte demandada, hoy perdidosa, a pagar a la parte actora, hoy gananciosa, el concepto y monto detallado en la parte motiva de esta decisión.
PRIMERO: La cantidad total del monto y concepto considerado procedente por esta Juzgadora suman la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES CON SETENTA CENTIMOS (BS 2.686,70), los cuales se condena a pagar por parte de l.....