este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: Se admite la Acusación interpuesta por el Ministerio Público en contra de la imputado, JOSE ALBERTO SALIMA DIAZ Y DENNYS JOSE MARRUFO SANCHEZ, ajustando la precalificación jurídica, por el delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del código penal, también el delito de USO DE FASCIMIL DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el articulo 114 de la Ley para el Desarme y Control de Arma de Fuego de conformidad con la potestad que tienen los jueces de control de control material de conformidad con el artículo 313, numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se admiten por ser legales, lícitas, pertinentes y necesarias todas las pruebas ofrecidas por la representación Fiscal y la comunidad de la prueba. TERCERO: CON LUGAR la s.....