...el tribunal conforme a lo establecido en el artículo 267 ejusdem, que dispone: "Toda instancia se extingue por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención (...omisis...)." declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y así se decide, impartiendo Justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley. Se ordena el archivo del expediente con posterior remisión al Archivo Judicial del Estado Falcón en la oportunidad que corresponda. Notifiquese a los solicitantes de la presente decisión, de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, por no haber indicado los solicitantes domicilio procesal.-
Publíquese y Regístrese.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los Veintitré.....