Por todo lo antes expuesto este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: LA NULIDAD DE LAS ACTUACIONES de conformidad con lo establecido en el artículo 169 del Código Orgánico Procesal Penal, y La Libertad sin Restricciones de los ciudadanos LEONARDO JOSÉ SERRA PEÑA, JHON DÍAZ, PAÚL LÓPEZ, JOSÉ GONZÁLEZ, DIONER LABRADOR Y JORGE CHIRINOS MEDINA, en relación al presente asunto Penal. SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud de Reconocimiento Medico Legal en relación a los Ciudadanos LEONARDO JOSE SERRA y DIONER LABRADOR. Líbrese oficio al Comandante de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, notificando la presente decisión. TERCERO: Tramítese el presente asunto y remítase en su oportunidad legal a la Fiscalía Segunda del .....