esta Jueza de la Sala de Única Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Extensión Tucacas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentado por los ciudadanos: ELISABETH MARGARITA PRIMERA ABREU y RICARDO JESUS ROMERO VENTURA, antes identificados; en consecuencia, se DECLARA disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contrajeron Matrimonio Civil, Por ante el Juzgado de los Municipios Acosta, San Francisco, Jacura y Cacique Manaure del Estado Falcón, en fecha Diez (10) de Junio de año DOS MIL TRES (2.003). Y así se decide.-