Por las razones antes expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de cobro de bolívares, incoada por la sociedad mercantil: COOPERHEAT/ MQS DE VENEZUELA, C.A., en contra de la empresa CONSTRUCCIONES TECNICAS CONTECA C.A., de conformidad con las disposiciones supra citadas.
Se condena a la empresa demandada a cancelarle a la sociedad mercantil COOPERHEAT/ MQS DE VENEZUELA, C.A., la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 232.944,65), por concepto de intereses moratorios, de conformidad con el artículo 108 del Código de Comercio.
No hay expresa condenatoria en costas en virtud de la decisión.
Notifíquese a las partes mediante boleta, la presente decisión.
Anéxese la presente decisión al expediente y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal.
Dada, sellada y firmad.....