En fecha 20/04/2012 se dicta auto dandole entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, constante de 01 folio útil, remitido mediante Oficio Nº E-7779-131-2012, de fecha 15/02/2012, librado en el Juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, seguido por el Abg. ÁNGEL E. CASAS H., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 112.682, Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil FAVRI MUEBLES, C. A., y en el que se Decretó Medida Preventiva de Secuestro sobre el bien mueble objeto de litigio, constituido por una (1) cava hielera para 100 bolsas de dos (2) tapas, MARCA: INVITREL; SERIAL: 004. Para su fiel y estricto cumplimiento, se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 03/04/2012 se dicta auto mediante e.....