En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el abogado Oswaldo José Moreno Méndez, en su carácter de apoderado de la ciudadana MARTINA RAMONA GARCES DE DAVIS, contra la sentencia definitiva dictada el 05 de diciembre de 2002, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo, mediante la cual declaró sin lugar la tercería promovida por la apelante contra los ciudadanos MARTHA JOSEFINA DAVIS, EMILIO ZAVALA LUGO y JORGE DAVIS BELL, incidentalmente en el juicio interdictal que por despojo intentara la ciudadana MARTHA JOSEFINA DAVIS, contra el ciudadano Emilio Zavala Lugo, por los motivos establecidos en este fallo.
SEGUNDO: Se declara la nulidad del proceso tercería incidental, intentada por MARTINA RAMONA GARCES DE DAVIS cont.....