este Juzgado Segundo de Ejecución y Medidas del Circuito Judicial penal del Estado Falcón, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA al penado HECTOR JOSÉ HERNANDEZ venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 7.483.766, residenciado en el Barrio Bicentenario, calle Maturín, Casa N° 17, Valencia, Estado Carabobo. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 105 del Código penal venezolano. Notifíquese al Ministerio Público, a la Defensa, la víctima y al precitado Ciudadano. Comuníquese a través de oficio al Ciudadano Prefecto de la Parroquia Miguel Peña, Valencia, estado Carabobo, sitio en el cual se asignó Régimen de Presentaciones al Penado. Cúmplase.
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN
ABOG. ALFREDO CAMPOS LOAIZA
LA SECRETARIA
ABOG. OLIVIA BONARDE
Nota: En esta fecha se cumplió lo ordenado .....