DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Este Tribunal pasa a declarase INCOMPETENTE en razón de la cuantía para conocer de la presente causa que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMACIÓN), intentó el Abogado ciudadano Abogado VÍCTOR LEAÑEZ FUGUET, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 742.678 e inscrito en Inpreabogado bajo el N° 2.642, contra el ciudadano RAUL EMER HEREDIA, venezolano, mayor de edad, casado, identificado con cédula de identidad N° 2.535.626. SEGUNDO: Declina el conocimiento de la presente causa al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, para que conozca del presente juicio que por COBRO DE BOLIVAR.....