Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley. Decreta: Medida Judidial Preventiva de Libertad al ciudadano Arley Ramón Guerra, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 3.547.990 de conformidad con los artículo 250 y 251 del Código Organico Procesal Penal y Se acuerda oficiar al Director del Internado Judicial de Coro a los fines de que tome las medidas necesarias en cuanto a la seguridad del ciudadano Arley Guerra . Remitase las actuaciones que conforman el presente asunto a la Fiscalia Segunda del Ministerio Público en su debida oportunidad legal. Oficiese. Cumplase. Es todo.-
La Juez Quinto de Control
Abg. Yelitza Segovia de Arguelles
El Secretario
Abg. Daniel F. Torres M.