Por los argumentos antes descritos, este Tribunal Primero de Control en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Orden de aprehensión contra los ciudadanos: JESUS RAFAEL CONDE LUGO, venezolano, de 26 años de edad, nacido el 19-02-1982, titular de la cédula de identidad N° V- 18889045 y, FRANCISCO JOSE CONDE LUGO, venezolano, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.312.519, nacido el 12-05-1978, por estimar que los mismos se encuentran incursos en la comisión del delito de Homicidio Calificado por motivos fútiles e innobles, previsto y sancionado en el artículo 406, ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio de JESUS MARIA RODRIGUEZ ARAPE, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal, quienes una vez aprehendidos deberán ser puestos a la orden de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público.
SEGUNDO: Líbrense las respectivas órdenes de aprehensión y r.....