...En mérito de las razones de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES por VÍA INTIMACIÓN incoara la abogada ALIGUIS COLINA COLINA en su carácter de endosataria en procuración de la Empresa Mercantil SERVICIOS MÚLTIPLES QUIMEDA C.A., contra el ciudadano ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.
SEGUNDO: Se condena al ciudadano ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA a cancelar a la abogada ALIGUIS COLINA COLINA, en su carácter antes expuesto, las siguientes cantidades: PRIMERO: La cantidad de Siete Millones Quinientos Mil Bolívares (Bs. 7.500.000,oo), por concepto de la suma total del capital contenido en las ya identificadas letras de cambio. SEGUNDO: Los intereses moratorios mercantiles, de las dos letras de cambio, calculadas la tasa del cinco por ciento (5%) anual, a partir de la fecha de sus respectivos vencimientos hasta el día de hoy.
TERCERO: Se condena e.....