esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada CARMARIS ROMERO SURT, en su condición de Defensora Pública Primera Penal, del ciudadano DAVID RAMÓN BRICEÑO, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual decretó la imposición al mencionado ciudadano de la medida de privación judicial preventiva de libertad por la presunta comisión del delito de Distribución Menor de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Acuerda librar oficio al Fiscal Superior del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, para que se gire tal instrucción a los órganos de Investigación Penal, incluyendo a sus auxiliares en cuanto al deber que tienen de asen.....