esta Corte de Apelaciones, PRIMERO: SE ADMITE, el recurso de apelación interpuesto por los Abogados JESÚS LEO CONTRERAS, ASDRUBAL E. LEO PEÑA y DAVID GAUNA en su condición de Defensores Privados del ciudadano JESUS NOEL PRATO DE LIMA, apelación que se formaliza contra decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, extensión Punto Fijo, cuyos fundamentos en extenso fueron publicados en fecha 28 de enero de 2013, con ocasión a la celebración de la Audiencia Preliminar con Apertura a Juicio, en la cual decretó a criterio de la parte apelante, la Admisión de Pruebas ilegales promovidas por la Representación Fiscal en la precitada causa, sin decidir sobre la legalidad, licitud, pertinencia y necesidad de las mismas, en el asunto seguido en contra del encartado de marras, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS.