Verificados como han sido los requisitos establecidos en la norma adjetiva penal para que proceda la Suspensión Condicional del Proceso, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 42 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, Acuerda la Suspensión Condicional del Proceso en la presente causa instruida al ciudadano: Acusado Luis Antonio Rodríguez Lacle, venezolano, natural de Punto Fijo, titular de la cédula de identidad N° 7.574.038, casado, nacido en fecha 07/8/65, de 41 años de edad, domiciliado en la Comunidad Cardo, avenida 13, casa 7-190, Maraven, a media cuadra de la panadería el cardon, Estado Falcón, de Profesión u oficio cocinero de las embarcaciones de la empresa Mampras, Grado de instrucción: Bachiller, hijo de Luis Antonio Rodríguez e Iría Lacle de Rodríguez......