observa esta juzgadora, que los referidos ciudadanos C/1RO. (GNB) RAFAEL ANTONIO RODRIGUIEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.729.7222 y EL DTG. (GNB) HUGO NOEL PEÑA NARVAEZ titular de la cedula de identidad N° 14.571.321, se encuentra detenidos en la Comandancia de la Fuerzas Armadas Policiales de esta ciudad, por la presunción de los delitos Secuestro, Ocultamiento de Armas de Fuego, Lesiones Intencionales Leves, en perjuicio de THAYS YULIMAR ROMERO LOPEZ Y RAFAEL EDUARDO MARQUEZ, es por lo que se acuerda la autorización, al Comandante Regional Nº 2 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela a los efectos de que se constituya en el Comando de las Fuerzas Armadas Policiales de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Estado Falcón, el Cuerpo Colegiado de esa Unidad a los fines de realizar el respectivo Consejo Disciplinario a los efectivos antes identificados. Así se decide. Librese la respectiva notificación al Comandante de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, Re.....