En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, resuelve que en las presentes actuaciones se llenan los extremos de ley para DECLARAR TÍTULO SUFICIENTE y ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano JUAN RAMON CASTELLANO CHIRINO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad N° V.-2.353.848, en su condición de CONYUGUE a la ciudadana: CARMEN ELENA MADRIZ de CASTELLANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-4.102.453, y en su condición de HIJOS, a los ciudadanos: JANIS ENDRINA CASTELLANO M.....