éste TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN BREVE en la presente causa.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Santa Ana de Coro, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero del año dos mil diez (2010)
EL JUEZ TEMPORAL:
ABG: EDUARDO YUGURI PRIMERA
LA SECRETARIA:
ABG. DENNY CUELLO.
En la misma fecha se público la anterior decisión, siendo la 11 .00 AM., previo el anuncio de Ley, quedando anotad.....