En fuerza de las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Protección de Niños Niñas Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO EL VÌNCULO MATRIMONIAL que unía a los mencionados ciudadanos JOSE LUIS GOITIA MADRIZ y ARELYS VIRGINIA FIERRO RODRÍGUEZ, antes identificados, contraído por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Pueblo Nuevo Municipio Falcón, Estado Falcón, en fecha 26 de octubre del año 2002.
De conformidad con lo previsto en el artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 360 ejusdem, la Patria Potestad y Responsabilidad de Crianza sobre los hijos, será compartida por ambos Padres, pero la Custodia la ejercerá la madre, quien ejercerá los atributos que tal institución conlleva.
En cuanto a la.....