Seguidamente la Ciudadana Juez, procede a informar al joven IDENTIDAD OMITIDA sobre la finalidad de la presente audiencia y de lo expuesto tanto por su Defensora como por la Representación Fiscal, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 541 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes y expuso: Escuchadas las exposiciones de la Defensa y de la Representación Fiscal, y solicitado como ha sido, el Sobreseimiento Provisional de la presente causa por los motivos expresados por la Representación Fiscal, éste tribunal agrega a la presente causa las actas presentadas por la Representación Fiscal, ACTUANDO COMO JUZGADO DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DE LA CAUSA N°. 2011-647, seguida al joven: IDENTIDAD OMITIDA todo de conformidad con la atribución conferida al Ministerio Público,.....