Este Tribunal Único de Juicio en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento PRIMERO: Se ABSUELVE al ciudadano JOSÉ ADONAY CORDONES ARCAYA venezolano, soltero, cédula de identidad número V-18.768.181, edad 26 años, nacido el día 12/09/1988, bachiller como grado de instrucción de profesión u oficio trabajo independiente, residenciado Parcelamiento Cruz Verde, calle Benedicto García, casa N° 32, de la Escuela Simon Rodríguez II dos cuadras diagonal Teléfono: 0412-653-1372, Hijo de Elena Josefina Arcaya (F) y Israel Cordones (V), por no considerársele responsable ni culpable del delito de Actos Lascivos, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley que rige la materia y que fue acusado por el Ministerio Público. En consecuencia, cesa toda medida que recaiga sobre el mismo. SEGUNDO: Se insta a la ciudadana secretaria a los fines de remitir las presentes actuaciones al archivo judicial para su guarda y custodia. TERCERO: .....