En virtud de los razonamientos que anteceden, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: CON LUGAR:
PRIMERO: La demanda incoada por el ciudadano AARÓN CAÑIZALES HERNÁNDEZ contra de la FUNDACIÓN ORQUESTA SINFÓNICA DE PARAGUANÁ.
SEGUNDO: Condena a la demandada a pagar a la parte actora: A) La cantidad de DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (BS. 2.325.000,oo) por los montos señalados y esgrimidos en el libelo y especificados en el fallo.
TERCERO: Se acuerda la indexación o corrección monetaria de las cantidades reclamadas, según la base del cálculo de variación ocurridas por el índice de precios al consumidor (I.P.C), según los parámetros del Banco Central de Venezuela.
CUARTO: Se acuerda la notificación del Síndico Procurador Municipal en la persona del Ciudadano Abogado Nestor Morales, de conformidad con lo establecido en e.....