Por todos los argumentos antes expuestos este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente, con sede en Santa Ana de Coro, Estado Falcón; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone, al joven Adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, del cumplimiento de sanción con la medida de Libertad Asistida por el lapso de Nueve (09) Meses y la medida de Reglas de Conducta por el lapso de Tres (03) Meses para un total de un año de cumplimiento de sanción, consistiendo las Reglas de Conducta en Primero: Consignar constancias de Trabajo o constancia de reenganche como que presta servicios militares Segundo:. No acercarse a la victima. Tercero No cometer otro hecho delictivo Cuarto: Entrevistarse con la licenciada Zuly Fernández a los fines de realizar informe social. Todo ello de conformidad con lo dispuestos en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión d.....