En virtud de los argumentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, PRIMERO: AUTORIZA el traslado interpenal de la penada NATHALY GUADALUPE GOMEZ SUAREZ titular de la cedula de identidad Nº 22.609.456 quien fue sentenciado a cumplir la pena CINCO (05) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICA EN LA MODALIDAD DE OCULTACION AGRAVADA, previsto y tipificado en el Art. 149 segundo aparte concatenado con el articulo 163 numeral 9° de la Ley Orgánica de Drogas en perjuicio de ESTADO VENEZOLANO desde la SALA DE RETENSIÓN POLICIAL DEL CUERPO DE POLICIA ESTADAL DEL ESTADO FALCON, donde se encuentra actualmente recluida hasta LA CÁRCEL NACIONAL DE MARACAIBO ESTADO ZULIA, de conformidad con el artículo 473 del Código Orgánico Procesal Pena.....