HOMOLOGA en los siguientes términos:
El ciudadano JOSE DAVID PETIT GALICIA, se obliga a sufragar la cantidad de BOLIVARES FUERTES DOSCIENTOS CUARENTA CON 00/100 (Bs. F. 240,00) MENSUAL, por concepto de Obligación de Manutención, dicha cantidad será entregada a la madre de la niña, ciudadana GLENDYS MARBEE SEMECO GARCÍA, en alimentos pertenecientes a al Cesta Básica. Además se compromete a cubrir el cien por ciento (100%) de los gastos devengados por concepto de uniformes y útiles escolares, medicina, ropa y recreación. Esta cantidad será revisada anualmente, dependiendo de la tasa inflacionaria establecida por el Banco Central de Venezuela. Se autoriza al Secretario de este Despacho para expedir las copias certificadas de esta decisión. Regístrese, Publíquese y Ejecútese. Dada, firmada y sellada en la sede del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón a los vein.....