Este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de SEGUNDO de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: Primero: Se le impone al ciudadano imputado JAVIER ANTONIO BATISTA. Venezolano, mayor de edad, de 28 años de edad, nacido en Maracaibo Estado Zulia fecha 21-01-85, cédula de identidad N° 18.218.885, residenciado, Sector el 15, vía a la Represa, casa sin numero 0416-465.2761. Teléfono del Sr Álvaro Rojas, el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO. Segundo: Se decreta la aprehensión flagrancia y la aplicación conforme al artículo 356 del COPP último aparte para el juzgamiento de los delitos menos graves. Tercero: Se decreta LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO con un régimen de prueba de CUATRO (04) MESES y se le impone la siguiente condición: 1.- Realizar una labor Social en el consejo Comunal Ubicado e.....