En este estado toma la palabra el ciudadano ABG. ENRIQUE GARCIA ALEMAN, en su carácter de Juez Provisorio de este Tribunal quien expone: "Visto lo alegado por la parte demandante, y siendo que lo planteado no es contrario a derecho, este Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de la OBLIGACION DE MANUTENCION, planteada en beneficio de los beneficiarios: JOSE MARIA MARIN DIAZ, PABLO JOSE MARIN DIAZ y JOSE FELIX MARIN DIAZ. Es todo.
Se faculta al Secretario de este Tribunal para que expida las copias certificadas que le soliciten las partes. Es todo. Regístrese y publíquese.
Es todo. Regístrese y publíquese.