Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se revisa la medida cautelar sustitutiva de libertad que pesa en contra del ciudadano LAYFRANK JOSÉ ROSILLO GÓMEZ, titular de la cedula de identidad N° 12.734.400, por la presunta comisión de los delitos de VIOLACION y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 375 y 282 del Código Penal vigente para la fecha de la comisión de los hechos en concordancia con el articulo 80 ejusdem; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de solicitud interpuesta por la Defensa Privada. SEGUNDO: se declara CON LUGAR la solicitud de la Defensa relativas a la extensión de los días correspondi.....