En razón a los planteamientos anteriormente efectuados, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la DEMANDA por ESTIMACION E INTIMACIÓN DE COSTAS PROCESALES, interpuesta el ciudadano: RENE ANTONIO FERRER COLINA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N" V-15.917.410, de este domicilio, representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES CREMOSOÂS FERRER. F.C., debidamente Protocolizada por ante la Oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, bajo el número 201, Tomo 1-B, del Año 2011, debidamente asistido por el Profesional del derecho Abogado VLADIMIR ENRIQUE MARTINEZ MORLES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.927.388, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 240.914, por ser co.....