Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO DIVORCIO (MUTUO ACUERDO) presentada por los ciudadanos: DORA YASMIRA ACOSTA DE YANEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.707.450, domiciliada en Mitare, Calle Calvario, Casa S/N, Municipio Miranda del Estado Falcón; y ARGENIS JOSE YANEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.204.952, domiciliado en Limoncito Arriba, Estado Falcón; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeron ante el Registro Civil de la Parroquia Mitare, Municipio Miranda del Estado Falcón, en fecha: 08/04/1991, según consta en Acta N° 05. SEGUNDO: Expídase por secretaría .....