Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Agrario, del transito y del trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud, y en consecuencia, DECLARA EL DIVORCIO solicitado por los ciudadanos: MIGUEL ANGEL PAEZ RAMONES Y ELENNY DEL CARMEN DIAZ DE PAEZ, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V-11.475.991 y V-12.736.367 respectivamente, domiciliados en esta Ciudad de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, asistidos por el Abogado en ejercicio y de este domicilio SANDALIO FERNANDEZ DELMORAL, inscrito en el IPSA., bajo el Nº 21.575, con la advertencia de que una vez ejecutoriada que sea la presente decisión quedara disuelto el matrimonio cesando la comunidad entre los cónyuges.-El acta de Matrimonio se encuentra asentada bajo el Nº 05, correspondiente al año 1.993, de l.....