En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por abogada Alma Esther Sánchez, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano LEODAN VENTURA TOCA, mediante diligencia de fecha 5 de agosto de 2015.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto de fecha 27 de julio de 2015, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGUROS, intentado por el ciudadano LEODAN VENTURA TOCA contra la empresa SEGUROS LA VITALICIA C.A., mediante el cual declaró improcedente la solicitud de intimación por cartel por haber precluido el lapso de evacuación de pruebas.
TERCERO: Se condena en costa.....