Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana CARMEN DE LA CRUZ ROMERO LEAL, en la forma siguiente en donde aparece el nombre de la madre como : CARMEN LEAL DE ROMERO, debe de decir ADELINA DEL CARMEN LEAL DE ROMERO, como es lo correcto. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil y 502 del Código Civil. Expídanse por secretaria copias certificadas de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 502 del Código Civil.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO .....