TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en la ciudad de Coro, RESUELVE:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud presentada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA PRECAUTELATIVA DE ASEGURAMIENTO E INCAUTACIÓN, CON PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre un bien mueble aeronave, tipo Avioneta, marca Aerocomander, modelo 680FL, siglas YV1499, color Blanco y Rojo, la cual aparece como propiedad del ciudadano EDISON LEÓN CARRILLO, portador de la cédula de identidad N° 7.830.478, de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y 282 del Código Orgánico Procesal Penal, y los artículos 183 y 184 de la Ley Orgánica de Drogas, 20 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, 116 y 271 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto en los artículos 550 del Código Orgánico Procesal Penal, y artículos 585, 588 ordinal 3° y.....