Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: NIEGA la solicitud de Librar los Oficios al Comandante de Poli Falcón a los fines de Solicitar información si esta en condiciones de recibir a su patrocinado en condición de Procesado en el Reten Policial a su cargo y como consecuencia de ello el cambio de Centro de Reclusión formulada por el profesional del derecho JOSE ALBERTO GARCIA MONTES; todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Por Considerarla Improcedente por la razones expuestas en la presente decisión.
Regístrese, publíquese, notifíquese y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. JOSE ANGEL MORALES.
LA SECRETARIA
ABG. FRANCISCA CHIRINOS.
Res.....