DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia actuando en funciones de Primero de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud de la defensa publica en relación a la revisión de la medida de los ciudadanos: WILFREDO JOSE SILVA PEÑA, titular de la cedula de identidad numero V-13.543.925, el ciudadano JEAN CARLOS SILVA, titular de la cedula de identidad numero V-15.426.550 y el ciudadano JOSE GREGORIO NOGUERA, titular de la cedula de identidad numero V-12.432.286, la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad a lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal, por la presunta comisión del delito de: por la presunta comisión de los delitos de WILFREDO JOSE SILVA PEÑA, JOSE GREGORIO NOGUERA, JEAN CARLOS SILVA , por la presunta comisión del delito de: SECUESTRO , previsto y sancionado en el artículo de la ley contra el .....