Por los fundamentos expuestos, es por lo que este Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA, EL OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, acordada por el ciudadano YSMARVIS JOSE ALVAREZ LEGEL, Venezolano, mayor de edad, de profesión u oficio agricultor, titular de la Cédula de Identidad N° V- 20.743.998, domiciliado en el Sector Santa Rosa, de la Parroquia Mene Mauroa del Estado Falcón; en su condición de padre de los niños ............., ofrecimiento que fue aceptado por la ciudadana YELITZA CAROLINA LOYO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.118.534, domiciliada en el Sector Rico Chiquito, Parroquia Mene Mauroa, Municipio Autónomo Mauroa del Estado Falcón, en representación de sus hijos .......... ASI SE DECIDE