En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal Superior impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación interpuesta por el abogado Argenis Martínez, en representación del ciudadano DOUGLAS ENRIQUE AÑEZ, contra el auto de fecha 12 de mayo de 2006, mediante el cual, declaró sin lugar la oposición presentada por el apelante contra las medidas preventivas innominadas de permanencia en la posesión del inmueble objeto de la demanda y anotación de la litis, con motivo del juicio que por cumplimiento y nulidad de venta, sigue la ciudadana MARLENE JOSEFINA NARANJO BLANCO contra el apelante, auto que se revoca parcialmente.
SEGUNDO: Se declara inadmisible el escrito de oposición presentado por el abogado Pedro Pablo Chirinos, en nombre del ciudadano DOUGLAS ENRIQUE AÑEZ ARIAS.