DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Único de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO LA EXTINCION DE LA ACCIÖN PENAL, por el cumplimiento de la condena al penado: RAMON ANTONIO MOSQUERA REVILLA, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad: N° 16.196.449, fecha de nacimiento: 08-01-1984, Profesión u Oficio: Empleado de Cooperativa Secarga, hijo Sonia Revilla y Ramón Mosquera, domiciliado en el Barrio Industrial, Calle N° 01, Casa N° 56, a una cuadra de la Escuela Rafael Sánchez, de esta Ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón, condenado a Cumplir una pena de TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN; por la comisión del delito de: DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustanci.....