Por las razones que han sido expuestas, este Juzgado Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la aclaratoria planteada por el abogado REINALDO RONDÓN HAAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.582.856, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 48.744, representante judicial de la demandada.
Téngase la presente aclaratoria como parte integrante de la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva dictada por este Juzgado Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en fecha 28 de Marzo de 2014.