En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Alirio Palencia Dovale, mediante diligencia de fecha 19 de julio de 2016 (f. 201).
SEGUNDO: Se ANULA la decisión de fecha 13 de julio de 2016, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con motivo del juicio de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA incoado por la recurrente contra los ciudadanos PEDRO PRIMERA, ROSA PRIMERA de MAGDALENO y PEDRO GUILLERMO PRIMERA.
TERCERO: Se REPONE LA CAUSA al estado de que se le designe defensor de oficio de los herederos desconocidos del decujus Pedro Guillermo Primera.
CUARTO: No hay condenatoria en costas.