En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR las apelaciones ejercidas por el abogado Jesús Elvidio Vivas Padilla, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana EDITH MARÍA VARELA EIZAGA, mediante diligencias de fechas 13 de diciembre de 2010 y 24 de enero de 2011
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 10 de diciembre de 2010, con motivo del juicio de QUERELLA INTERDICTAL POR DESPOJO, incoado por la apelante contra la ciudadana BELKIS COROMOTO GUANIPA GARCÍA.
TERCERO: Se ANULA la sentencia interlocutoria dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercan.....