ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL SECCIÓN PENAL ADOLESCENTE EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: La prescripción del asunto seguido contra WILFREDO LENIN DORANTE AGUILAR, de conformidad a lo establecido en el artículo 615 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y se declara la extinción de la acción penal de conformidad con lo establecido en el numeral octavo del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se decreta el sobreseimiento de la causa de acuerdo a lo establecido en el numeral tercero del artículo 318 ejusdem, y por ende la Libertad sin restricciones del Joven adulto. Se le informa a las partes que la presente decisión se publicará por auto separado con los mismos fundamentos expuestos en la sala. Es todo. Se deja constancia que las partes quedan notificadas de la presente decisión. Remítase estas actuaciones a la Fiscalia 11° del Ministerio P.....