Basadas en las consideraciones anteriores, administrando justicia En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, con fundamento a su libre convicción, basado en las regla de la lógica y máximas de experiencia, cumplidas las formalidades de Ley, administrando Justicia. ACUERDA la concesión de ARRESTO DOMICILIARIO por el lapso de un (01) año cambio de sitio de reclusión, como protección a la Vida y a la salud acordado a la penada YOLIMAR ALEJANDRA REYES YAGUA, titular de la cedula numero 18.607.022, de conformidad con lo dispuesto en los artículos, 471, 242 ordinal primero y 245 del Código Orgánico Procesal Penal, Articulo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en relación con los artículo 83, 43, y 76 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; detención domiciliaria.....