Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: la imposición de Medidas Cautelares Sustitutivas de libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 39 ordinal 9° de la ley Orgánica sobre la violencia contra la mujer y la familia, a la ciudadana MINDY VERÓNICA JIMÉNEZ GALICIA, C.I 13.516.831, de 29 años de edad, nacido en fecha 27-07-77, de profesión OFICIOS DEL HOGAR, hijo de PAULA DE JIMENEZ Y FRANCISCO JIMENEZ, domiciliado en ANTIGUO AEROPUERTO, SECTOR 02, VEREDA 14, CASA N° 07, PUNTO FIJO, ESTADO FALCÓN, por el delito de VIOLENCIA FISICA; el cual consistirá en la prohibición de acercarse a la victima CARLOS LUIS JIMENEZ, así mismo se decreta el procedimiento ordinario de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.