este Tribunal Tercero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Decreta el sobreseimiento Provisional de la causa de conformidad al articulo 303 del Código Orgánico Procesal Penal concatenado con el artículo 20 eiusdem, en consecuencia la nulidad de la acusación presentada por el Ministerio Publico, a los fines que el Ministerio Público de respuesta y practique las diligencias solicitadas por la defensa privada consistentes en la incorporación de las entrevistas de los ciudadanos ECLIS MAFIA GONZÁLEZ MONA, titular de la cédula de identidad N V11.181.892, con teléfono residencial 0268-278.2190, domiciliado en el sector Sabana Larga, calle 7, casa s/n, de lujas, columnas de color morado y portón blanco, Municipio Colina, Estado Falcón, INGRI ANTONIA GUTIERREZ SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 13.202.713, con teléfono móvil personal 0416 369.0170, domiciliado en el sector.....