este Tribunal Quinto en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo establecido en los artículos 367 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Resuelve; : PRIMERO: Se le admite totalmente la Acusación interpuesta por el Ministerio Público en contra del ciudadano CARLOS LUIS RIVERO, VENEZOLANO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD: 20.680.893, por la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1° del Código Penal, en perjuicio JACKSON NOEL BRACHO MORILLO (occiso). Por considerar este Tribunal que llena los requisitos establecidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: se decreta el procedimiento previsto en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se procede a CONDENAR al ciudadano CARLOS LUIS RIVERO, VENEZOLANO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD: 20.680.893, por la com.....