DECISION
En merito de los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por
Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE, por inepta acumulación, la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO presentada por la ciudadana EYLEN DEL VALLE SALAS, mediante la cual demanda al ciudadano TELMO ANTONIO VARGAS. todos identificados Up Supra.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los 25 días del mes de Septiembre de 2013. Años 203° y 154°.
El Juez Provisorio,
Abog. ESGARDO BRACHO GUANIPA.
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